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Abogados penalistas · Madrid

Abogados de Derecho Penal Familiar en Madrid

¿Te han denunciado por impago de pensión o sustracción de menores, o necesitas presentar tú la denuncia? Abogados especialistas en Derecho Penal Familiar en Madrid.

★★★★★  Reseñas reales en Google · Miembro de la AEAFA

Guardia 24 h para detenidos en Madrid
Presupuesto cerrado en 24 h
Presencial en Madrid u online
Familia y Penal en un mismo equipo
Saverio Abogados

¿Una denuncia ha convertido tu conflicto familiar en un problema penal?

El Derecho Penal Familiar regula los delitos que surgen dentro de una relación de familia: sobre todo el impago de pensiones (artículo 227 del Código Penal) y la sustracción de menores (artículo 225 bis). En Saverio Abogados defendemos tanto a quien presenta la denuncia como a quien la recibe, con honorarios cerrados desde la primera consulta y disponibilidad 24 horas si hay una detención.

Opiniones

Qué opinan nuestros clientes

Puedes consultar las reseñas reales en nuestra ficha de Google.

¿Qué es el Derecho Penal Familiar?

El Derecho Penal Familiar es la rama que se ocupa de los delitos que se cometen dentro del entorno familiar, casi siempre ligados a un procedimiento de separación, divorcio o custodia que ya está (o ha estado) abierto: no pagar la pensión de alimentos durante meses, trasladar o retener a un hijo menor sin el consentimiento del otro progenitor, o incumplir una medida cautelar o una condena. En Saverio Abogados, despacho de Madrid dirigido por Javier Márquez García, combinamos la especialización en Derecho de Familia con la defensa y la acusación en Derecho Penal Familiar, porque en la práctica ambas vías suelen cruzarse en un mismo caso. Prestamos el servicio en Madrid y, mediante consulta online, en el resto de España.

Un procedimiento penal familiar no es solo un trámite: puede condicionar tu custodia, tus antecedentes y tu libertad. Por eso analizamos cada caso de forma individual, sea cual sea tu papel en el procedimiento.

¿Te preocupa lo que está en juego en un
procedimiento penal familiar?

Tanto si vas a denunciar como si te han denunciado a ti, es habitual llegar a la primera consulta con preguntas que pesan de verdad:

calculo pension alimentos

Tu relación con tus hijos

¿Puede afectar un proceso penal a la custodia o al régimen de visitas? ¿Qué pasa si el otro progenitor ha trasladado o retenido a tu hijo sin tu consentimiento?

agresion sexual

Tus antecedentes y tu libertad

¿Qué pena real arriesgas si te denuncian por impago o por sustracción? ¿Puede derivar en antecedentes penales o, en los casos más graves, en prisión?

se puede separar a los hermanos en un divorcio

El tiempo y la incertidumbre del procedimiento

¿Cuánto va a tardar en resolverse? ¿Tienes que declarar? ¿Qué documentación necesitas reunir desde ya para que tu versión quede acreditada? Son preguntas legítimas, y cuanto antes se ordene la estrategia —qué se puede probar, en qué plazos, con qué documentación— con más solidez se afronta el resto del procedimiento, sea cual sea tu papel en él.

CONSULTA ONLINE CONFIDENCIAL.

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Especialidades

¿Qué cubre el Derecho Penal Familiar?

Bajo esta materia se agrupan los delitos que suelen aparecer cuando un conflicto familiar se agrava. Los más frecuentes:

Impago de pensión de alimentos (abandono de familia, art. 227 CP)

No pagar la pensión fijada judicialmente durante el tiempo que marca la ley.

Sustracción de menores (art. 225 bis CP)

Trasladar o retener a un hijo menor sin el consentimiento de quien tiene su custodia, o incumpliendo gravemente lo resuelto por un juzgado.

Quebrantamiento de condena o de medida cautelar

Incumplir una orden de alejamiento, una prohibición de comunicación o cualquier otra medida acordada por un juzgado.

Delitos conexos a la violencia doméstica o de género

Cuando el conflicto familiar implica violencia física, psicológica o de otro tipo, el caso se aborda con las garantías específicas de esa materia: consulta nuestra página especializada en violencia de género y doméstica.

¿Te han denunciado o necesitas presentar una denuncia?

Si te han denunciado o has recibido una citación. Lo primero es no declarar ni firmar nada sin asesoramiento: tienes derecho a un abogado desde el primer momento, incluso antes de la citación judicial si ya tienes conocimiento de que existe una denuncia contra ti. Analizamos los hechos, la prueba en tu contra y preparamos tu defensa antes de que tengas que declarar.

Si necesitas presentar tú la denuncia. Si llevas meses sin cobrar la pensión, o el otro progenitor ha trasladado o retenido a tu hijo sin tu consentimiento, valoramos si los hechos son constitutivos de delito, reunimos la documentación necesaria y ejercemos la acusación particular en tu nombre durante todo el procedimiento.

Sustracción de menores:
Qué dice la ley

El artículo 225 bis del Código Penal castiga al progenitor que, sin causa justificada, sustrae a su hijo menor. La ley considera sustracción dos situaciones distintas: trasladar al menor de su lugar de residencia habitual sin el consentimiento del progenitor con quien conviva, o retenerlo incumpliendo gravemente lo resuelto por una resolución judicial o administrativa.

prisión de dos a cuatro años, además de inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad de cuatro a diez años.

si el menor es trasladado fuera de España, o se exigen condiciones para su restitución, la pena se impone en su mitad superior.

las mismas penas se imponen a los ascendientes del menor y a los parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que incurran en la misma conducta.

Impago de pensión de alimentos: cuándo es delito

No todo retraso en el pago de la pensión es delito. El artículo 227 del Código Penal exige un umbral concreto: dejar de pagar durante dos meses consecutivos o cuatro meses no consecutivos cualquier prestación económica a favor del cónyuge o de los hijos, fijada en un convenio judicialmente aprobado o en una resolución judicial —en un procedimiento de separación, divorcio, nulidad matrimonial, filiación o alimentos—.

prisión de tres meses a un año, o multa de seis a veinticuatro meses.

el impago de cualquier otra prestación económica establecida de forma conjunta o única en esos mismos procedimientos, no solo la pensión de alimentos en sentido estricto.

la ley exige siempre, además de la pena, el pago de las cantidades adeudadas.

5 años desde que cada mensualidad pudo exigirse (art. 518 de la Ley de Enjuiciamiento Civil); pasado ese plazo, la mensualidad concreta prescribe, aunque el derecho a la pensión en sí no prescribe nunca.

Lo que está en juego si no actúas a tiempo

Tanto si eres tú quien debe denunciar como si te han denunciado a ti, cada semana sin definir la estrategia tiene consecuencias reales:

Si eres investigado, declarar sin preparación o dejar pasar el plazo para aportar pruebas debilita tu defensa desde el principio.

Las mensualidades de pensión impagadas prescriben a los 5 años: cuanto antes reclames, más importe puedes recuperar.

En los casos de sustracción, la ley premia la comunicación y la restitución rápidas con una pena mucho menor —o incluso su exención—, así que actuar pronto también puede beneficiar a quien ha incumplido.

Cómo te defendemos, sea cual sea tu papel en el procedimiento

Te acompañamos desde la primera citación o la detención, valoramos la prueba en tu contra y construimos tu defensa con el objetivo de reducir o evitar la pena.

Ejercemos la acusación en tu nombre si has sido víctima de un impago prolongado o de una sustracción, reclamando tanto la responsabilidad penal como las cantidades adeudadas.

Presupuesto cerrado en 24 horas tras la primera consulta, sin sorpresas posteriores, con independencia de que el procedimiento se alargue.

Cuando el procedimiento penal coincide con un divorcio, una modificación de medidas o una disputa de custodia en curso, coordinamos ambas vías bajo una misma estrategia.

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Cómo empezamos a trabajar contigo

01

Te escuchamos sin prejuzgar tu situación

En la primera consulta valoramos los hechos, tanto si vas a denunciar como si te han denunciado, y te explicamos con claridad qué puedes esperar del procedimiento.

02

Analizamos la prueba disponible

Revisamos la documentación —resoluciones judiciales previas, justificantes de pago, comunicaciones— y valoramos la estrategia más sólida para tu caso.

Te acompañamos durante todo el procedimiento. Te mantenemos

abogado criminalista

Qué documentación necesitas

  • De forma orientativa, y sin perjuicio de lo que corresponda valorar en cada caso concreto, suele ser necesario reunir:

    • El convenio regulador o la sentencia que fija la pensión de alimentos o el régimen de custodia y visitas.
    • Justificantes de los pagos recibidos o realizados (o de su ausencia): extractos bancarios, transferencias, recibos.
    • Cualquier comunicación relevante con el otro progenitor sobre el traslado, la retención o el impago —mensajes, correos electrónicos.
    • Si ya existe denuncia o citación judicial: copia de la denuncia, del atestado policial o de la citación recibida.

En la primera consulta te indicamos exactamente qué necesitas para tu caso concreto; esta lista es orientativa.

Cómo es el procedimiento, paso a paso

De forma general, y sin perjuicio de las particularidades de cada caso, estas son las fases habituales de un procedimiento penal por estos delitos:

01

Denuncia o querella

Se presenta ante la policía, la Guardia Civil o directamente ante el juzgado, relatando los hechos y aportando la documentación disponible.

02

Instrucción

El Juzgado de Instrucción investiga los hechos: puede citar a declarar al investigado, a testigos, y recabar la prueba documental necesaria.

03

Fase intermedia

Concluida la instrucción, se decide si el caso se archiva o continúa a juicio, y qué órgano lo va a juzgar según la gravedad del delito.

04

Juicio y sentencia

Se celebra el juicio oral, con la prueba propuesta por ambas partes, y el juzgado dicta sentencia. La sentencia puede recurrirse si alguna de las partes no está de acuerdo con lo resuelto.

¿Acusación particular o defensa? Cuál es tu caso

  • Esta página sirve tanto a quien necesita denunciar como a quien ha sido denunciado. Antes de la primera consulta, te puede ayudar identificar en qué situación estás:

Acusación particular

Presupuesto: Cerrado en 24h tras la primera consulta

No te pagan la pensión, o tu hijo ha sido trasladado o retenido sin tu consentimiento

Acreditar el impago o la sustracción y reclamar la responsabilidad penal y las cantidades adeudadas

Cuanto antes: hay un plazo de 5 años para reclamar cada mensualidad impagada

Defensa

Presupuesto: Cerrado en 24h tras la primera consulta

Te han denunciado, citado o detenido por alguno de estos hechos

Reducir o evitar la pena, y proteger tu situación con tus hijos

Antes de declarar: tienes derecho a asesoramiento desde el primer momento

Javier Márquez García
Nuestro despacho

Un despacho especializado en Derecho Penal Familiar y de Familia

Saverio Abogados es un despacho de Madrid dirigido por Javier Márquez García, colegiado en el Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM), con un equipo que combina la especialización en Derecho Penal Familiar y en Derecho de Familia. Trabajamos con actualización del caso cada 21 días y honorarios cerrados, conocidos desde el primer momento.

Qué pasa en tu primera consulta

Para que sepas exactamente a qué te comprometes al dar el primer paso:

01

Nos cuentas tu situación

Presencial en Madrid o por videollamada, analizamos los hechos, tanto si necesitas denunciar como si te han denunciado a ti.

02

Te explicamos tus opciones, sin tecnicismos

Qué puedes esperar realmente del procedimiento, qué plazos aplican a tu caso y qué documentación conviene preparar.

03

Te damos un presupuesto cerrado en 24 horas

Sabes desde el principio lo que vas a pagar por llevar tu caso, sin cargos adicionales no previstos.

Resolvemos tus dudas

Preguntas frecuentes (FAQS)

Cuando se deja de pagar durante dos meses consecutivos o cuatro meses no consecutivos, según el artículo 227 del Código Penal. Por debajo de ese umbral, el impago puede reclamarse por la vía civil, pero no constituye delito.

5 años desde que cada mensualidad pudo exigirse, según el artículo 518 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. El derecho a la pensión en sí no prescribe, pero cada mensualidad concreta sí, transcurrido ese plazo.

Trasladar a un hijo menor de su lugar de residencia habitual sin el consentimiento del progenitor con quien conviva, o retenerlo incumpliendo gravemente lo resuelto por un juzgado, según el artículo 225 bis del Código Penal.

Prisión de dos a cuatro años, además de inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad de cuatro a diez años. Si el menor es trasladado fuera de España, la pena se impone en su mitad superior.

Si existe custodia compartida o el otro progenitor tiene atribuida cualquier facultad sobre el menor, necesitas su consentimiento o autorización judicial para salir de España con él. Hacerlo sin consentimiento puede constituir sustracción de menores, especialmente si se incumple lo resuelto por un juzgado.

Si comunicas su paradero dentro de las 24 horas siguientes, con compromiso de devolución inmediata, la ley exime de responsabilidad penal. Si la restitución se produce, sin esa comunicación previa, dentro de los 15 días siguientes, la pena se reduce a prisión de seis meses a dos años.

Principalmente un progenitor, pero la ley extiende las mismas penas a los ascendientes del menor —por ejemplo, los abuelos— y a los parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que incurran en la misma conducta.

Sí. El artículo 227 del Código Penal no distingue por sexo: se aplica a quien esté obligado al pago de la prestación económica fijada judicialmente, sea padre o madre.

El tipo penal exige dejar de pagar pudiendo hacerlo. Si existe una imposibilidad económica real y acreditable, es un elemento relevante para la defensa: valoramos esta circunstancia en cada caso concreto.

Tienes derecho a defenderte y a que se acredite tu versión de los hechos durante la instrucción. Si consideras que la denuncia carece de fundamento, consulta también nuestra página especializada en defensa frente a denuncias falsas.

Sí. Toda consulta, presencial u online, está protegida por el secreto profesional del abogado. Atendemos a clientes de toda España por videollamada con las mismas garantías de confidencialidad que en una reunión presencial.

Abogados 24 horas para asistencia a detenidos

Si tú o un familiar habéis sido detenidos, contáis con asistencia letrada 24 horas, los 365 días del año, en Madrid. Es un servicio real y verificado, distinto de la consulta general: nuestro horario de atención para consultas y citas es de lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 y de 16:00 a 19:00, y la disponibilidad de 24 horas se reserva específicamente para la asistencia a personas detenidas.